Preguntas frecuentes

 

Las Sociedades de Beneficio e Interés Común (SBIC)

¿Qué son las Sociedades de Beneficio e Interés Común?

Se reconoce la figura de las Sociedades de Beneficio e Interés Común, como aquellas sociedades de capital que, voluntariamente, decidan recoger en sus estatutos:

  • Su compromiso con la generación explícita de impacto positivo a nivel social y medioambiental a través de su actividad.
  • Su sometimiento a mayores niveles de transparencia y rendición de cuentas en el desempeño de los mencionados objetivos sociales y medioambientales, y la toma en consideración de los grupos de interés relevantes en sus decisiones.
  • Mediante desarrollo reglamentario se contemplarán los criterios y la metodología de validación de esta nueva figura empresarial, que incluirá una verificación del desempeño de la sociedad, quedando sujetos tanto los criterios como la metodología a estándares de máxima exigencia.

¿Cuáles son las características de una Sociedad de Beneficio e Interés Común?

Incluye las siguientes características:

  1. Propósito de beneficio social y ambiental: Reconocer el propósito de generar un beneficio social y/o ambiental concreto para la sociedad e incorporarlo en los estatutos sociales para blindar y proteger la misión de la compañía.

  2. Desempeño y gestión de triple impacto: Cumplir con elevados estándares sociales, ambientales y comunitarios a lo largo del tiempo y estar comprometidas con la consecución de un triple impacto positivo.

  3. Transparencia y gobernanza: Someterse a mayores niveles de transparencia, mediante la publicación de un informe de triple impacto, que permita conocer el grado de seguimiento, mejora y transformación de la compañía hacia estándares de sostenibilidad.

  4. Rendición de cuentas: Ampliar la responsabilidad fiduciaria y protección de los administradores, que deben velar no sólo por rendir cuentas de los resultados económicos, sino también del cumplimiento de su propósito social y contribución a la generación de un impacto positivo en la sociedad.


¿Qué implicaciones tiene para España la aprobación de la Ley Crea y Crece que incluye el reconocimiento de las Sociedades de Beneficio e Interés Común?

Con la creación de esta figura legal, España avanza para situarse a la vanguardia en la promoción de la economía de impacto, tanto por el impulso del sector empresarial con propósito que supone su reconocimiento legal; como por los estímulos que puede llegar a generar el propio estado desde el ámbito de la financiación y la compra pública.

El reconocimiento de esta figura legal cierra, pues, un triángulo que permite dinamizar la economía de impacto en nuestro país. Hasta ahora, España tenía una regulación sobre finanzas sostenibles y un sector de inversión de impacto que necesitaban canalizar esta inversión hacia empresas con impacto. En 2021, la inversión de impacto en España movilizó €2.400M, con un crecimiento del 12% respecto a 2020. De estos €2.400M, casi un 20% corresponde a capital privado, siendo este el capítulo que más crece, con un 33% de crecimiento respecto a 2020. Ante este escenario, disponer de una figura como la SBIC permitirá que las gestoras de inversión de impacto puedan identificar más fácilmente empresas en las que canalizar su inversión, ya que tanto el inversor como la propia empresa estarán alineados en su propósito: generar un impacto social y/o ambiental positivo a través de la actividad empresarial.

De igual modo, la emergencia de nuevos mecanismos de inversión o financiación pública dirigidos a estimular la economía de impacto encontrará en la SBIC una figura reconocida legalmente, a través de la cual el sector público puede estimular la transformación del sector empresarial.


¿Qué ha supuesto esta modificación jurídica en otros países europeos?

En Francia la Entreprise à Mission se distingue por tener un organismo dentro de la empresa que supervisa la ejecución de su razón de ser o propósito y un organismo externo que verifica la ejecución de estos objetivos. Desde la publicación en 2019, más de 1300 empresas son Enterprise à Mission y más de 660.000 personas trabajadoras forman parte de una Société à Mission. Adicionalmente, existe representación de todas las regiones francesas y de todos los sectores más relevantes de Francia. Entre las empresas cotizadas en bolsa (CAC40), el 75% han desarrollado su propósito, entre las cuales se encuentra Danone, Carrefour, Atos, Engie, EDF, Orange, KPMG, Crédit Mutuel, Banque Postale, entre otros.

En Italia, desde octubre de 2023, ya se habían registrado más de 3000 empresas reconocidas como Società Benefit. En este país, la ley está vigente desde 2016, y ya ha experimentado un crecimiento del 43% respecto a septiembre de 2021. En el marco italiano, este dato se alcanza en un periodo donde a nivel estatal se ha producido una reducción del 8,3% en el registro de nuevas empresas. Es decir, mientras el emprendimiento se frena en Italia, la creación de empresas Società Benefit se acelera.


¿Cuál es el estatus actual a nivel legislativo?

Actualmente, cualquier empresa puede inscribirse como SBIC, aunque la misma empresa no debe presentar ningún criterio para proceder a la inscripción, por la inexistencia de un reglamento debido a la no tramitación y aprobación de este por parte del gobierno.

Desde B Lab Spain y Gabeiras y Asociados, con el apoyo especial del Colegio de Registradores, Catedráticos en Derecho Mercantil, notarios y abogados se ha elaborado:

  • Una propuesta de texto de reglamento.
  • Un código de Buen Gobierno de las SBIC, que puede servir de guía a todas las empresas que deseen constituirse como SBIC hasta que se apruebe el reglamento.
  • Una propuesta de Estatutos Sociales de las SBIC, que sirve como documento de gobernanza a todas las empresas que adopten la figura legal.

No conseguiremos llegar al final del camino si no somos capaces de determinar los requisitos que supone ser una SBIC. Estos principios y recomendaciones están recogidos en el código de Buen Gobierno de las SBIC, aunque el último paso implicaría la aprobación del reglamento de las SBIC.


¿Qué contiene el código de buenas prácticas de las SBIC?

El código de buenas prácticas de las SBIC se divide en tres bloques integrados por un total de ocho principios con sus respectivas recomendaciones. Pretenden servir de guía para todas aquellas sociedades de capital constituidas o que pretendan constituirse como SBIC.

Respecto a los estatutos de una SBIC:

  • Principio 1: Los estatutos de una SBIC podrán incorporar un preámbulo al inicio explicando el contexto y circunstancias de su condición, con vistas a contribuir a su interpretación.
  • Principio 2: Junto con el ánimo de lucro de sus socios, los estatutos de la SBIC deberán prever como fin social el propósito o propósitos con impacto positivo para el beneficio común que esta pretenda alcanzar a través de su actividad.
  • Principio 3: La sociedad mercantil de capital que se constituya como SBIC incorporará esta condición en palabras y no siglas en su denominación social.

Respecto a la gestión del propósito:

  • Principio 4: El órgano de administración de la SBIC deberá crear una comisión para el propósito o un cargo unipersonal encargado de supervisar la gestión del mismo, así como de su evaluación y publicación transparente de resultados de la misma.
  • Principio 5: En el desempeño de su actividad la SBIC tendrá en cuenta a todos sus grupos de interés y, en especial, a los beneficiarios directos de su propósito.
  • Principio 6: La SBIC deberá medir anualmente el nivel de consecución de su propósito, así como su desempeño social y ambientalmente responsable, de una manera adecuada.
  • Principio 7: La SBIC pondrá todos sus esfuerzos en alcanzar su propósito de beneficio común, de forma que resulte compatible con el fin lucrativo que también persigue.

Respecto al informe anual:

  • Principio 8: La SBIC deberá hacer público con carácter anual un informe sobre el desarrollo de su propósito y su desempeño responsable. El informe indicará expresamente el grado de seguimiento de las recomendaciones de este Código, o, en su caso, la explicación de la falta de seguimiento de dichas recomendaciones.

¿Es obligatorio adherirse al código de buenas prácticas de las SBIC?

La adhesión al presente Código de Buenas Prácticas es de carácter voluntario. Las SBIC que se adhieran a él lo harán público en su página web, indicando la fecha de adhesión.


¿El código de buenas prácticas de las SBIC será distinto a la regulación una vez sea aprobada?

El presente Código nace con una vocación de transitoriedad, de gran valor mientras no se apruebe la regulación correspondiente, pero que necesariamente se tendría que readaptar a la norma cuando ésta fuera aprobada, en el supuesto de que su valor como guía mantuviera interés como complemento de la norma. Muchos de los principios y recomendaciones que se establecen en este Código guardan, por tanto, semejanza con una eventual regulación normativa.


¿Cuáles son los beneficios en adherirse al modelo SBIC?

  • Legitimación y blindaje del propósito: reconocimiento a las empresas con propósito que van más allá de la creación de beneficios y creación de mecanismos de gobernanza para velar por la duración y el cumplimiento del propósito.
  • Mejora de la gobernanza: protección del propósito, mayor transparencia del impacto de la empresa, fortalecimiento de los mecanismos de gobernanza internos y responsabilización a la dirección de los aspectos ambientales y sociales.
  • Mayor facilidad en atraer y retener talento por disponer de una cultura empresarial más centrada en las personas.
  • Un menor coste de financiación por tener un modelo de gobernanza más creíble y un sistema de gestión que minimiza riesgos.
  • Mejor posicionamiento comercial, porque la figura legal actúa como señal de mercado y elemento diferenciador ante competidores.

¿Cuál es la convergencia con otras figuras legales, incluyendo las cooperativas, ONGs, y otras empresas sociales?

En 2020 y 2021 se publicaron el Libro Verde de las Empresas con Propósito y el Libro Blanco de las Empresas con Propósito, respectivamente. Los documentos contienen extensas reflexiones acerca de la naturaleza del propósito. Una de las principales cuestiones abordadas fue la convergencia de la SBIC con otras figuras legales, en especial las pertenecientes al sector de la economía social. Estas discusiones quedaron plasmadas en el Libro Blanco, concluyendo que la empresa con propósito es perfectamente compatible con las formas jurídicas del ecosistema de economía social pues su naturaleza es diferente: las SBIC son un tipo de sociedad mercantil donde el ánimo de lucro en sí mismo busca promover la transformación deseada; a través de su actividad económica busca generar un impacto positivo a nivel social o ambiental. Frente a esto, las fundaciones y otras empresas sociales carecen de ánimo de lucro, mientras que las cooperativas tienen una causa mutualista que difiere del modelo propuesto por las SBIC.

El carácter mercantil de las SBIC se recalca en su denominación social. Como dispone el Código de Buenas Prácticas, “La sociedad debe girar bajo la denominación de «….. Sociedad de Beneficio e Interés Común SA/SRL/Comanditaria por acciones. Podrá también identificarse la sociedad mediante la simple adición a la denominación social, fuera de ella, entre paréntesis, lo siguiente: «…, SA/SRL/Comanditaria por acciones (Sociedad de Beneficio e Interés Común)”.

El carácter mercantil de las SBIC se recalca en su denominación social. Como dispone el Código de Buenas Prácticas, “La sociedad debe girar bajo la denominación de «….. Sociedad de Beneficio e Interés Común SA/SRL/Comanditaria por acciones. Podrá también identificarse la sociedad mediante la simple adición a la denominación social, fuera de ella, entre paréntesis, lo siguiente: «…, SA/SRL/Comanditaria por acciones (Sociedad de Beneficio e Interés Común)”.

En resumen: actualmente pueden ser SBIC todas las sociedades de capital, siendo las más frecuentes Sociedades Limitadas o Sociedades Anónimas.

  • SÍ pueden ser SBIC: Sociedad Limitada, Sociedad Anónima, Sociedad Comanditaria por Acciones, Startups
  • NO pueden ser SBIC: Persona Trabajadora Autónoma, Sociedad Cooperativa, Asociaciones

¿Cómo me convierto en una SBIC?

Si estás iniciando una nueva empresa, considera registrarla como una SBIC. El procedimiento es casi idéntico al que se sigue para cualquier otro tipo de empresa. Si la empresa ya existe, puede optar por convertirse en una SBIC modificando los documentos estatutarios corporativos y adhiriéndose al código de buenas prácticas de las SBIC.


¿Convertirse en una SBIC tiene una reducción fiscal?

En los Estados Unidos e Italia, donde se introdujo esta forma legal de empresa en 2010 y 2016 respectivamente, convertirse en Benefit Corporation no tiene impacto en el tratamiento fiscal de la empresa. La condición de SBIC sólo afecta de manera determinante en su objeto social y en las exigencias de rendición de cuentas y transparencia. En España, tampoco tiene una reducción fiscal.


¿Existen responsabilidades específicas para las SBIC?

En España, el código de buen gobierno incluye la designación de un "responsable de impacto" que sea responsable, junto con la gerencia, de garantizar que la corporación persiga su propósito declarado de Beneficio Común.

Además, las SBIC deben presentar un informe de Impacto que utiliza un estándar de terceros (por ejemplo, la Evaluación de Impacto B de B Lab) para evaluar el desempeño de la corporación con respecto a sus impactos y el beneficio común producido. El informe deberá presentar los contenidos señalados en el código de buenas prácticas, deberá ser completado anualmente y puesto a disposición del público.


¿Qué es el "Beneficio Común"?

Una SBIC debe ser utilizada para lograr un Beneficio Común, así como para generar utilidades para los accionistas. El Beneficio Común se define como un impacto positivo material en la sociedad y el medio ambiente, medido frente a un estándar de un tercero independiente.

Entre los fines específicos del Beneficio Común mencionamos, por ejemplo:

  • Suministro de bienes o servicios a ciudadanos de bajos ingresos / personas o comunidades desfavorecidas; proteger o restaurar el medio ambiente; mejorar la salud humana; promover las artes, las ciencias o el avance del conocimiento.

  • Incrementar los flujos de capital hacia sujetos que generan un Beneficio Común (inversiones de impacto).


¿Existe una validación del informe de impacto por parte de terceros?

La mencionada Disposición Adicional que reconoce la figura SBIC dispone que “mediante desarrollo reglamentario se contemplarán los criterios y la metodología de validación de esta nueva figura empresarial, que incluirá una verificación del desempeño de la sociedad”. En consonancia con esto, así como con el respeto al principio de proporcionalidad, el Código de Buenas Prácticas recomienda “que, salvo que la SBIC cumpla con los requisitos previstos en el art. 263.2 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, el desempeño del propósito de beneficio común sea sometido a una verificación externa e independiente reconocida, que verificará la realidad de los resultados alcanzados en relación con los afirmados por la sociedad sobre la base de la información contenida en el Informe Anual de Desarrollo del Propósito. Para el nombramiento del auditor se seguirán las disposiciones sobre el nombramiento del auditor de cuentas de la sociedad que resulten aplicables”.


¿El informe de impacto tiene que presentarse en el Registro Mercantil junto con el balance?

El informe es un anexo a los estados financieros y, como tal, se considera necesario presentarlo ante el Registro Mercantil como los demás anexos a los estados financieros.


¿Quién puede ser accionista de una sociedad anónima?

No hay restricciones sobre quién puede ser accionista en una SBIC.


¿Existe un alineamiento del código de buenas prácticas con la nueva directiva de reporting de la UE?

El modelo SBIC busca promover el ecosistema de las empresas con propósito y promover que las empresas generen un impacto positivo a nivel social o ambiental. En este sentido es importante ir integrando en la gestión de este modelo empresarial las novedades normativas en materia de sostenibilidad, de manera que las tareas de reporte y medición que realicen las SBIC se coordinen con las exigencias legislativas que de manera genérica se vayan aprobando.

Concretamente, a nivel europeo hay dos novedades normativas relevantes: la Directiva 2022/2464 de 14 de diciembre de 2022, por lo que respecta a la presentación de información sobre sostenibilidad por parte de las empresas (‘Corporate Sustainability Reporting Directive” – CSRD), ya aprobada, y la Propuesta de Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad y por la que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937 (‘Corporate Sustainability Due Diligence Directive’ – CSDDD).

En relación a la CSRD, las empresas en su ámbito de aplicación tendrán que reportar su información no financiera, a partir del próximo año, conforme a los Estándares de Reporte en Sostenibilidad de la UE (‘European Sustainability Reporting Standards’ – ESRS) desarrollados por el Grupo Asesor Europeo de Información Financiera (‘European Financial Reporting Advisory Group – EFRAG). Con esto, se aspira a una estandarización de los modelos de reporte en materia de sostenibilidad, en un ámbito donde hasta ahora ha existido una gran proliferación de los mismos.

Como sabemos, y tal y como dispone la Disposición Adicional Décima de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, una sociedad constituida como SBIC se somete a unos “mayores niveles de transparencia y rendición de cuentas”. En este sentido, el Código de Buenas Prácticas señala en su Principio 6 que “La SBIC deberá medir anualmente el nivel de consecución de su propósito, así como su desempeño social y ambientalmente responsable, de una manera adecuada”.

Respecto del desempeño, el Código recomienda, como no puede ser de otra manera, seguir la legislación vigente en cada momento en la materia, así como otros estándares de reporte generalmente aceptados. Por el momento de su redacción, el Código se refiere expresamente al actual marco normativo a través de la Ley 11/2018 en materia de información no financiera y diversidad, y a la deseabilidad de que las SBIC que, por tamaño o número de facturación, no entren en su ámbito, sigan también sus recomendaciones. Dado que esta ley será modificada por la nueva CSRD, se recomienda que las SBIC utilicen también, en sus reportes, los nuevos ESRS a los que la Directiva se remite. Respecto de la medición del impacto, el Código recomienda utilizar la metodología de la Teoría del Cambio. A su vez, los nuevos ESRS pueden ayudar a su medición.

En resumen, cada SBIC es única y tendrá un propósito singular, con lo que la medición de su impacto y de su desempeño responsable tendrá que atender a las particularidades de cada propósito o fin social. No obstante, convendrá, desde luego, atender a la nueva CSRD y a los ESRS como punto de partida básico para ambas mediciones. Así, las SBIC que por tamaño o facturación estén obligadas a reportar conforme a ellas tendrán ya el reporte configurado tal y como se les exige, aun cuando deberán ir más allá si la medición de su propósito se lo exige; para todo el resto, inspirarse en esta lógica para sus reportes les facilitará la tarea a nivel interno, y, a nivel más general, permitirá una estandarización muy positiva y necesaria para la transparencia del modelo SBIC en su conjunto.


¿Existe un alineamiento del código de buenas prácticas con la nueva directiva de due dilligence de la UE?

La nueva Directiva en Materia de Diligencia Debida (CSDDD) tiene por objeto abordar los “efectos adversos, reales y potenciales, sobre los derechos humanos y el medio ambiente” derivados de las actividades empresariales de sus propias actividades, mediante, entre otras, medidas de prevención, mitigación y minimización de los mismos, así como el establecimiento de canales de denuncia para los grupos de interés o la integración de la diligencia debida en las políticas corporativas. Así, la gobernanza, la transparencia y la importancia de los grupos de interés cobran una especial importancia a efectos de la norma. En el ámbito SBIC, estos últimos son especialmente importantes. El reconocimiento jurídico a través de la mencionada Disposición Adicional señala la importancia de “la toma en consideración de los grupos de interés relevantes en sus decisiones”.

En desarrollo de esto, el Código de Buenas Prácticas establece en su Principio 5 que: "En el desempeño de su actividad la SBIC tendrá en cuenta a todos sus grupos de interés y, en especial, a los beneficiarios directos de su propósito” o, lo que es lo mismo, “a los grupos de interés relevantes en sus decisiones”. Es decir, dentro de todos los grupos de interés, tal y como se definen en la CSDDD, para la SBIC serán particularmente relevantes aquellas personas, colectivos y/o capital natural que resultan directamente afectados por el propósito y que sean identificados de manera expresa. Así, y al igual que ocurre con el caso de la CSDDD, conviene que toda SBIC, aunque no esté obligada por la norma, tenga en cuenta todo lo dispuesto en la misma en relación a sus grupos de interés y, en especial, a los grupos de interés relevantes o beneficiarios directos de su propósito (que señalará, además, en sus Estatutos).


¿Se necesita asesoría legal para adherirse al modelo SBIC?

No, no se requiere un abogado para completar y enviar los documentos requeridos, pero la consulta con un abogado competente puede ser útil para determinar la mejor estructura corporativa y social de la empresa, especialmente en el caso de estructuras corporativas grandes y complejas. Para obtener información sobre este punto específico, puedes escribir a spain@bcorporation.eu y a info@gabeirasyasociados.com


 

B Corp y SBIC

¿Cuáles son las diferencias entre B Corp y las SBIC?

Características de las SBIC:

  • Una nueva modalidad jurídica que no necesita cumplir con los requisitos de desempeño de la certificación de B Lab.

  • Ofrece una mayor protección legal en la gobernanza de la empresa para proteger y alinear el propósito a largo plazo.

  • Extra requisito de transparencia al realizar un informe público de impacto anual en la página web de la empresa.

  • No tiene una tasa asociada, más allá del coste operativo del cambio de modalidad legal.

  • Designación de un responsable de impacto y delimitación de responsabilidades en caso del incumplimiento de la misión.

  • Solamente es posible ser empresa SBIC para entidades españolas, aunque hay figuras semejantes en EE.UU., Italia, Francia, Colombia, Panamá, Ecuador, Uruguay y Perú.

Características de las B Corps:

  • Una certificación voluntaria y privada otorgada por B Lab.
  • Cumplimiento de altos estándares sociales y ambientales, requisito legal que vele por considerar a todas las partes interesadas y transparencia en el directorio de B Corp.
  • Para cumplir con el requisito legal para ser B Corp, la empresa necesitará realizar la modificación jurídica a SBIC una vez se apruebe el reglamento en España.
  • Tasa anual asociada que fluctúa entre 2.000€ y +50.000€.
  • No hay obligatoriedad en designar un responsable de impacto.
  • Cualquier empresa del mundo puede lograr la certificación siempre y que cumpla con los estándares de desempeño y de riesgo, legal, y transparencia.

Pero, ¿no existen empresas B Corp que ya son líderes en materia de sostenibilidad, aunque no sean SBIC?

Numerosas empresas en el mundo son prueba de que una empresa puede ser rentable económicamente y al mismo tiempo tener un impacto positivo en la sociedad y el planeta. Sin embargo, en tiempos de crisis, como el desplome financiero de los últimos años, la pandemia, la crisis del coste de vida, entre otros, o por cambios en la administración u otros eventos contingentes, los valores sociales y ambientales corren el riesgo de ser dejados de lado, si no han sido integrados en los documentos constitutivos de la empresa. La figura jurídica de SBIC ofrece a los empresarios, propietarios e inversionistas la seguridad de que los valores sociales y ambientales de la empresa se mantendrán en pie de igualdad con la búsqueda de beneficios. Por eso ya ha sido adoptado por empresas que primero se convirtieron en B Corp y luego en Benefit Corporation. Dos ejemplos son las empresas icónicas Patagonia y Kickstarter.


¿Hay alguna ventaja en convertirse en una B Corp® certificada?

Para las SBIC existen indudables ventajas que se derivan de obtener el estatus de Empresa B Corp. Las SBIC no están obligadas a certificarse como B Corp, pero la certificación establece que la empresa cumple con estándares rigurosos de desempeño social y ambiental, responsabilidad y transparencia. Esto facilita el cumplimiento de las obligaciones de transparencia e información y señala al mercado y al público que la empresa está comprometida y cumple con altos estándares sociales y medioambientales.


¿Las empresas españolas B Corp tendrán que convertirse en SBIC para cumplir con el requisito legal?

Una vez se apruebe el reglamento de las SBIC, las nuevas y actuales empresas B Corp tendrán que adherirse a la modalidad jurídica de las SBIC en un periodo de tiempo transitorio aún por determinar.


¿Qué ocurrirá a las cooperativas B Corp cuando tengan que cumplir con el requisito legal, incluyendo adherirse a la modificación jurídica de las SBIC?

Las cooperativas B Corp no deberán adoptar la modalidad jurídica SBIC mientras no exista esa posibilidad en la ley española.

 

Las Empresas Con Propósito

¿Qué son las Empresas Con Propósito?

Las Empresas Con Propósito son empresas que, en el desempeño de su actividad, velan por la generación de un impacto positivo en las personas y el medio ambiente. Estas compañías se distinguen en el mercado por:

  1. Cumplir con elevado estándares sociales, ambientales y comunitarios
  2. Reconocer el propósito de generar un beneficio para el conjunto de la sociedad
  3. Someterse a mayores niveles de transparencia
  4. Rendición de cuentas a través de la ampliación de la responsabilidad fiduciaria de los directivos sobre sus resultados económicos, sociales y ambientales

¿Qué es la ley de las Empresas Con Propósito?

La ley de las Empresas Con Propósito es el nombre por el que se conoce la figura legal -las Sociedades de Beneficio e Interés Común (SBIC)- que reconoce las empresas que cumplen con los anteriores requisitos descritos, es decir, compañías comprometidas con la generación explícita de un impacto social y ambiental.

Este marco jurídico, que se ha incluído a través de una enmienda transaccional dentro de la Ley Crea y Crece aprobada el 30 de junio en el Congreso de los Diputados, acoge a todas aquellas compañías que generan un beneficio social y ambiental, además de un retorno económico.

El reconocimiento legal de las SBIC es el resultado de la iniciativa “Empresas Con Propósito”, coordinada e impulsada por B Lab Spain, con el apoyo de más de 30.000 firmas recogidas a través de Change.org, y el respaldo de 400 organizaciones y 50 personalidades.


Ha entrado en vigor el reconocimiento de las Empresas Con Propósito en España, ¿y ahora qué?

Tras la entrada en vigor de la figura legal que reconoce a las Empresas con Propósito (las SBIC), el último paso para completar el proceso es la aprobación del reglamento que dote de entidad a esta figura legal.

En este sentido, la Fundación B Lab Spain y la Fundación Gabeiras han elaborado el Libro Blanco de las Empresas con Propósito, que contiene una reflexión normativa sobre la integración de las SBIC en nuestro ordenamiento jurídico.


¿Qué beneficios conlleva el reconocimiento legal de las Empresas Con Propósito para las personas y el planeta?

Durante el último medio siglo, las empresas han buscado generar beneficios a toda costa y esto ha contribuido a enormes desafíos que amenazan el bienestar de las personas y el planeta.

El reconocimiento legal de las empresas con propósito impulsa el desarrollo de empresas inclusivas y sostenibles: empresas orientadas hacia la creación de valor compartido y sostenible a largo plazo, que alinea los intereses de las empresas, sus accionistas, las administraciones públicas y la ciudadanía. Estas empresas generan:

  • Valor económico para empresas, fondos de inversión..., generando incentivos y trasladando confianza en un modelo diferencial frente a la volatilidad de los mercados y el corto plazo.
  • Valor social para la ciudadanía y su entorno, creando un mercado de oportunidades laborales compatible con la justicia social, la sostenibilidad y la cohesión social.
  • Valor ambiental para el planeta, comprometidas con el respeto y el cuidado del medio ambiente.

¿Cómo se ha logrado la ley de las Empresas Con Propósito y por qué?

El reconocimiento legal de las SBIC es el resultado de la iniciativa “Empresas Con Propósito”, coordinada e impulsada por B Lab Spain. Esta iniciativa nace en 2020 para pedir una forma legal que reconozca las empresas comprometidas con la generación explícita de un impacto social y ambiental.

Su razón de ser es la asunción de que el sistema económico actual, lejos de crear valor compartido, ha concentrado el beneficio y, como consecuencia, ha generado graves desequilibrios sociales y daños en el planeta. Reconocer esta disfunción y promover un modelo económico y empresarial orientado hacia la creación de valor para toda la sociedad y el planeta es hoy una oportunidad a la que no podemos -ni debemos- renunciar.

Sostiene, pues, que promover a nivel jurídico un modelo empresarial sostenible e inclusivo es fundamental para garantizar una reconstrucción económica justa de España y para resolver graves problemas sociales y ambientales puestos de relieve por la crisis de la COVID, como la emergencia climática o la desigualdad social.

Por eso, pedimos al gobierno español una nueva ley que impulsara y avalara a las empresas con propósito: compañías que, más allá de generar beneficios económicos, reduzcan la desigualdad, respeten el planeta, fortalezcan las comunidades y generen empleos de calidad. Tras dos años de trabajo y diálogo, el Congreso aprobó el 30 de junio de 2022 la figura legal que reconoce las empresas con propósito.


¿Qué empresas y personalidades públicas se adherieron a la causa?

Más de 50 personalidades (reconocidos economistas, politólogos, juristas, ecologistas, activistas de la sociedad civil, periodistas) y más de 400 organizaciones se adherieron a la causa Empresas con Propósito. También se lanzó una petición en Change.org que alcanzó más de 30.700 firmas, que fueron entregadas en el Congreso de los Diputados el 21 de junio de 2022.


¿Quién está detrás de la iniciativa?

La causa Empresas con Propósito cuenta a día de hoy con el apoyo de más de 400 organizaciones adheridas, 30.700 firmas en Change.org y más de 50 firmantes reconocidos. El concepto de la campaña y la estrategia fue ideado por B Lab Spain en colaboración con múltiples actores del ecosistema de impacto.

B Lab Spain es la organización sin ánimo de lucro impulsora del movimiento B Corp en España que está transformando la economía global para beneficiar a todas las personas y el planeta. Las empresas B Corp son empresas que cumplen con los más altos estándares de desempeño social y ambiental, transparencia y responsabilidad legal para equilibrar el propósito con los beneficios.