Tenemos una carta para ti
A la atención de la futura Dirección General de Política Económica
Estimado próximo Gobierno:
En septiembre de 2022 España dio un paso importante: con la aprobación de la Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas, nuestro país reconoció por primera vez las Sociedades de Beneficio e Interés Común (SBIC).
Con ello, admitió algo que muchas empresas, organizaciones, inversores y ciudadanos venían defendiendo desde hace años, que una sociedad mercantil puede (y debe) generar valor económico pero también un impacto positivo en la sociedad y en el medioambiente. Ese reconocimiento fue más que una novedad jurídica. Fue una declaración. La declaración de que España se sumaba a un movimiento ya iniciado y avanzado en otros países como Francia a través de la Société à Misión e Italia mediante la Società Benefit. La declaración de querer abrir espacio a una nueva forma de entender la empresa. Más responsable y activa, más transparente y más conectada con los grandes retos sociales y ambientales de nuestro tiempo.
Pero una figura reconocida por ley no puede quedarse indefinidamente a la espera de las reglas que la hagan posible.
Hoy las SBIC ya existen en la ley, pero todavía no se han definido todos los detalles necesarios para ponerlas en marcha. Esa ausencia limita su aplicación efectiva, genera inseguridad jurídica para las empresas que quieren adoptar esta forma, dificulta la confianza de inversores y administraciones, y abre la puerta a usos oportunistas de una denominación que debería estar protegida por criterios claros de propósito, medición, transparencia y rendición de cuentas.
No pedimos empezar de cero. Ya existe un trabajo previo sobre el que construir. El Libro Blanco de las empresas con propósito, publicado en 2022, ofreció una base técnica y jurídica para avanzar en esta regulación, abordando cuestiones como la definición de la figura, su encaje societario, el informe anual, la transparencia, la verificación y el régimen de responsabilidad. Ese documento sigue siendo un punto de partida útil, que puede y debe revisarse a la luz de la experiencia acumulada desde entonces.
El objetivo de esta carta es solicitar a la Dirección General de Política Económica que, cuatro años después de la aprobación de la ley, impulse la apertura del proceso de desarrollo reglamentario de las SBIC.
Regular las SBIC no significa conceder privilegios automáticos. Significa dotar de reglas a una figura que ya existe. Significa proteger su credibilidad. Significa diferenciar el compromiso real del simple uso reputacional del lenguaje del impacto. Significa ofrecer seguridad jurídica a quienes quieren hacer las cosas bien y exigir rendición de cuentas a quienes quieran utilizar esta condición.
La condición SBIC puede convertirse en una herramienta útil allí donde las políticas públicas busquen movilizar impacto social o ambiental, ya sea vivienda asequible, inclusión, transición ecológica, economía circular, cuidados, innovación social o financiación de impacto. Pero para ello necesita un marco claro, exigente y operativo.
Esta no es una petición particular de una organización ni de una empresa concreta. Es una solicitud abierta, a la que se están sumando personas, empresas y entidades que comparten una misma convicción: que si España reconoce jurídicamente las empresas con propósito, debemos crear también las condiciones para que ese propósito pueda no solo medirse, verificarse y sostenerse en el tiempo, sino también crear el impacto positivo que necesitamos para la sociedad y el planeta.
Por eso hemos creado una página web, que dé a conocer la campaña y donde cualquier persona u organización pueda sumarse a esta petición.
Las empresas con propósito no necesitan una etiqueta vacía. Necesitan reglas, confianza e instituciones que completen los compromisos que ellas mismas han aprobado.
España ya reconoció las SBIC. Ahora toca dar el último paso y hacerlas posibles.